Dar de ALTA la LUZ: Precios, documentación y requisitos

Descubre lo que tienes que hacer si quieres dar de alta la luz con la compañía que sea. Consulta la documentación que necesitas, los requisitos, cuánto tarda en activarse y los precios que por ley están marcados para dar de alta el punto de suministro o para reactivarlo después de estar de baja.

Cuál es el precio de un alta de luz

El precio de la luz se divide en tres derechos regulados por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y que, dependiendo de factores como la potencia eléctrica contratada, la potencia anterior y el tiempo que haya estado el suministro de baja, variará el precio total que el consumidor tendrá que pagar.

El precio y los tipos de los 3 derechos regulados son:

  • Derechos de extensión: 17,37 € / kW + IVA
  • Derechos de acceso: 19,70 € / KW + IVA
  • Derechos de enganche: 9,04 € + IVA

Los factores que pueden hacer variar el precio total a pagar son:

  • Potencia eléctrica que se ha contratado
  • Potencia eléctrica del suministro anteriormente contratado;
  • Tiempo transcurrido desde que se dio de baja por última vez.

Si tenemos en cuenta estos 3 factores y los derechos regulados por el Gobierno, las compañías eléctricas calculan el coste total que los consumidores tienen que abonar por dar de alta un suministro que serán los mismos para todos los usuarios, sin importar la compañía que hayan decidido contratar.

Estos derechos contratados tienen una vigencia de 3 años y están invariablemente conectados al punto de suministro, pero no al titular del contrato.

Dichos derechos de luz se pagan cuando se solicita la activación del suministro si es vivienda nueva, si se ha contratado un aumento de potencia eléctrica o cuando se pide una reactivación del suministro.

Teniendo en cuenta dichos supuestos, el precio que cuesta dar de alta la luz será muy diferente.

Precio del alta de la luz en un punto de suministro nuevo (nueva vivienda)

Si quieres activar la luz porque necesitas electricidad en una vivienda nueva, el precio de solicitar la luz en una residencia de nueva ocupación supone la suma de todos los derechos de alta anteriormente descritos, además de decidir qué potencia se desea tener.

Para calcular el precio supondremos que la potencia que queremos contratar es de 5,75.

En función de dicha potencia, el precio de dar de alta el suministro se calcula de la siguiente forma:

  • Derechos de extensión: 17,37 € x 5,75 kW = 99,88 €
  • Derechos de acceso: 19,70 € x 5,75 kW = 113,27 €
  • Derechos de enganche: 9,04 €

El precio total a pagar se calcula sumando los 3 derechos + el 21% de IVA = 268,85 €

Precio del alta por reactivación del suministro sin aumentar la potencia contratada y sin que hayan pasado 3 años desde la última baja

Si quieres reactivar el suministro de la luz sin aumentar la potencia contratada, por ejemplo en una vivienda de alquiler que no requiere de la potencia anteriormente contratada, no se deberá pagar los derechos de extensión abonados por el antiguo titular.

Sabiendo esto, el precio a calcular para reactivar el suministro de luz será suponiendo que la potencia a contratar es de 4,6 kW será:

  • Derechos de acceso: 19,70 € x 4,6 kW = 90,62 €
  • Derechos de enganche: 9,04 €

El precio total a pagar se calcula sumando los 2 derechos + el 21% de IVA = 120,59 €

Precio del alta por reactivación del suministro sin aumentar la potencia contratada y habiendo pasado 3 años desde la última baja

En este caso, como es el mismo caso que el anterior pero sí que han caducado los derechos de extensión porque han pasado 3 años desde la última baja, se tendrán que pagar dichos derechos y sumarlos al total.

Sabiendo esto, el precio a calcular (con 4,6 kW de potencia) para reactivar este tipo de suministro de luz será:

  • Derechos de acceso: 19,70 € x 4,6 kW = 90,62 €
  • Derechos de extensión: 17,37 € x 4,6 kW = 79,90 €
  • Derechos de enganche: 9,04€

El precio total a pagar se calcula sumando los 2 derechos + el 21% de IVA = 217,27 €

Precio del alta por reactivación del suministro aumentando la potencia contratada y sin que hayan pasado 3 años desde la última baja

Si quieres dar de alta reactivando el suministro eléctrico aumentando la potencia, como no han pasado los 3 años desde la última baja, sólo se tienen que sumar los derechos de acceso y los kW de la nueva potencia contratada (suponiendo que se contratarían 6,9 kW).

Sabiendo esto, el precio a calcular para reactivar este tipo de suministro de luz será:

  • kW contratados (6,9) – kW anteriores (5,75) = 1,15 kW
  • Derechos de extensión: 17,37 € x 1,15 kW = 19,97 €
  • Derechos de acceso: 19,70 € x 6,9 kW = 135,93 €
  • Derechos de enganche: 9,04 €

El precio total a pagar se calcula sumando la extensión aumentada y los derechos de acceso y de enganche + el 21% de IVA = 199,58 €

Precio del alta por reactivación del suministro aumentando la potencia contratada y habiendo pasado 3 años desde la última baja

Si quieres dar de alta un suministro reactivándolo aumentando la potencia contratada y después de que haya caducado el derecho de extensión porque han pasado 3 años desde la última baja, si quieres calcular el precio tienes que tener presente que deberás sumar la totalidad de derechos y hacerlo con la nueva potencia contratada.

Sabiendo esto, el precio a calcular (suponiendo 6,9 kW de potencia) para reactivar este tipo de suministro de luz será:

  • Derechos de extensión: 17,37 € x 6,9 kW = 119,853 €
  • Derechos de acceso: 19,70 € x 6,9 kW = 135,93 €
  • Derechos de enganche: 9,04 €

El precio total a pagar se calcula sumando los 3 derechos + el 21% de IVA = 320,43 €

Precio del alta de la luz en función de la potencia contratada

Si quieres hacerte una idea del precio que tendrás que abonar en función de los diferentes tipos de potencia que puedes contratar, a continuación te mostramos los precios correspondientes teniendo en cuenta el pago de todos los derechos por ley contemplados y el IVA son:

  • 3,45 kW de Potencia = 165,68 €
  • 4,6 kW de Potencia = 217,27€
  • 5,75 kW de Potencia = 268,85€
  • 6,9 kW de Potencia = 320,43 €
  • 8,05 kW de Potencia = 372,02 €
  • 9,2 kW de Potencia = 423,60 €

Qué potencia de luz contratar

Saber qué potencia contratar es clave para el total del precio que tendrás que abonar una vez te des de alta y para el precio mensual que acabes pagando en cada factura. Como habrás notado en alguna ocasión, dependiendo de la potencia contratada, si superas la potencia que has contratado, puede acabar saltando el interruptor del Control de Potencia o ICP.

Desde el año 2019, los consumidores pueden modificar la potencia eléctrica en múltiplos de 0,1 kW si tienen un contador digital, siempre y cuando no superen los 15 kW.

Las potencias eléctricas con un equipamiento medio que se recomiendan contratar en función del tamaño de la vivienda son:

  • Hasta 50 m²: 3,45 kW
  • Entre 50 y 100 m²: 4,6 kW
  • Entre 100 y 150 m²: 5,75 kW
  • Más de 150 m²: 6,9 kW

Por lo tanto, si tienes que decidir qué potencia eléctrica vas a contratar para tu vivienda ten presente que el precio del alta variará mucho en función de lo que decidas. Cuanto más potencia, más caro también será la factura, pero también tendrás menos cortes de luz.

Qué requisitos se necesitan para dar de alta la luz

Los requisitos que se necesitan cumplir para dar de alta la luz en cualquier compañía dependen de la situación en la que se encuentre el punto de suministro solicitado.

Los costes se abonan a las distribuidoras eléctricas cuando se emite la primera factura después de activar el punto de suministro.

El alta se realiza a través de la comercializadora que contrata el suministro eléctrico y la documentación que se requiere se tramita dependiendo de la situación concreta en la que se encuentre la vivienda.

Qué documentación requiere dar de alta la luz en un piso de alquiler

La documentación necesaria para reactivar un alta de luz en una vivienda que ya tenía un suministro previamente depende de la situación que tenga la vivienda.

Los documentos necesarios en este caso son:

  • Datos personales del titular del contrato.

Nombre y apellidos, documento de identidad (DNI, NIF o Pasaporte)

  • Datos del punto de suministro.

Dirección del inmueble, código postal, provincia y país.

  • Datos de domiciliación bancaria.

IBAN y número de cuenta donde se va a domiciliar el pago de la factura.

  • Certificado de Instalación Eléctrica o CIE (en caso de estar caducado).
  • Código Universal del Punto de Suministro o CUPS.
  • Potencia eléctrica que se desea contratar.

La potencia elegida debe ser inferior a la autorizada por el CIE.

  • Boletín de Reconocimiento de la Instalación Eléctrica, Boletín Azul o BRIE (en caso de residir en Cataluña).

Qué se necesita para dar de alta la luz en vivienda nueva

En caso de querer dar de alta la luz en una vivienda de nueva construcción que va a tener un suministro eléctrico por primera vez, la documentación que se necesita tener presente es la siguiente:

  • Datos personales del titular del contrato.

Nombre y apellidos, documento de identidad (DNI, NIF o Pasaporte)

  • Datos del punto de suministro.

Dirección del inmueble, código postal, provincia y país.

  • Datos de domiciliación bancaria.

IBAN y número de cuenta donde se va a domiciliar el pago de la factura.

  • Documentación de la instalación eléctrica de vivienda nueva.
  • Certificado de Instalación Eléctrica o CIE (en caso de estar caducado).
  • Código Universal del Punto de Suministro o CUPS.
  • Potencia eléctrica que se desea contratar.

La potencia elegida debe ser inferior a la autorizada por el CIE.

  • Boletín de Reconocimiento de la Instalación Eléctrica, Boletín Azul o BRIE (en caso de residir en Cataluña).

Cuánto tarda en darse de alta la luz

Darse de alta de la luz con cualquier compañía es un trámite que no suele tardar más de 1 semana. Es un trámite rápido, desde que se solicita no pasan más de 5 o 7 días en activar el punto de suministro. En caso de durar más de ese tiempo es porque ha habido alguna incidencia con la documentación presentada en la compañía o por alguna anomalía en la instalación que está poniendo en riesgo la seguridad de dicho suministro.

Los plazos para que las compañías tramiten el alta de la luz va desde horas a 2 días, dependiendo de la compañía que hayas elegido. Las fases por las que un consumidor usuario de luz tiene que pasar antes de disfrutar del suministro eléctrico son:

  • El consumidor solicita el alta de la luz ante una comercializadora concreta;
  • La comercializadora verifica el punto de suministro y la documentación presentada;
  • La comercializadora remite dicha solicitud a la distribuidora que le corresponde el alta;
  • La distribuidora verifica la documentación y envía un técnico para comprobar que la instalación cumple con la normativa de seguridad vigente;
  • El técnico instala el contador de luz y ajusta la potencia eléctrica solicitada;
  • En un plazo máximo de una semana (de 5 a 7 días), la vivienda tendrá la luz solicitada.

Ten presente antes de solicitar un alta de luz con cualquier compañía qué hábitos tienes para poder elegir la mejor tarifa para tu vivienda. En función de estos hábitos, la potencia que contrates será fundamental a la hora de establecer los precios de las facturas que tendrás que pagar. Una vez lo hayas hecho, comprueba los tipos de tarifas que te ofrece cada compañía y elige la más adecuada para tus intereses y para tus hábitos de consumo. Por ejemplo, existen tarifas que son fijas y existen tarifas con discriminación horaria que ofrecen precios por kW diferentes y promociones en horas, días y franjas horarias que te pueden ayudar a pagar menos en tu factura si te administras bien.

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